jueves, 2 de junio de 2016

Excesos de jornada

Excesos de jornada:

Existen novedades en el disfrute de los días de exceso de jornada de este año 2016. Si bien antes se podían disfrutar 3 días de lunes a jueves pudiendo escoger un cuarto día entre el viernes o el sábado, ahora podemos disfrutar de 3 días entre lunes y viernes, pudiendo escoger como cuarto día el sábado, lo que facilita poder disfrutar de los días seguidos, de manera ininterrumpida.

Como novedad importante, también informar sobre que los excesos de jornada podrán ser correlativos a las vacaciones de invierno, siempre que el criterio comercial y la encargada permitan dicha opción.
 

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